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 Martillero en la Web


Sr. Juez

Juzgado Civil y Comercial

de la 54º Nom. de los Quirquinchos

S                             /                           D

 

                                                                ………………………, martillero designado para actuar en los autos ………………….c/ otros s/ juicio Ejecutivo. Cuij nº 21-………………….-7”, a V.S respetuosamente me presento y digo:

1)     Que vengo acompañar edictos, para que sean despachados favorablemente por secretaria.

                                                          Proveer de conformidad

                                                          Será Justicia.

 

 

 


                                                        LICITACIÓN JUDICIAL

                                                                     POR

                                            MARTILLERO/A…………………………………………

 

Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 54 ª Nominación de LOS Quirquinchos Dr. ………………………….(Juez), y el secretario suscribiente Dra………………………hace saber que en los autos caratulados ………………………c/ otras      s/ juicio Ejecutivo. Cuij nº 21………………………….-2. Ordenase la venta por licitación pública del inmueble individualizado como individualizado como la MITAD INDIVISA de los inmuebles que se deslindan: "Tres lotes de terreno situados en el distrito Funes de este departamento y provincia, designados con los números 29, 30 Y 31 de la manzana "A" en el plano archivado  bajo en numero 70.557 del año 1972, a saber: LOTE 29: Ubicado en la calle Florencia Varela a los 96 metros. de la calle Independencia hacia el Oeste y mide 9 m. de frente al Sud por 39.15 m. de fondo ,encerrando una superficie de 362,35 m2. y linda por su frente al sud con calle Florencia Varela , al Este con el lote 28, al Oeste con el lote 30 y al norte con fondos del lote 6. LOTE 30; Ubicado en la calle Florencio Varela  a los 105 m. de la calle independencia hacía el Oeste y mide 9 m. de frente al sud por  39,15 m. de fondo encerrando una superficie de 352,35 m2. y linda por su frente al sud con la calle Florencia Varela, al Este con el lote 29 al Oeste con el lote 31 y al Norte con fondos. del lote 5. LOTE 31: Ubicado el1 la calle Florencia Varela a los 114 m. de la calle Independencia hacia el Oeste y mide 9 m. de frente al. sud por 39,15 m. de fondo encerrando una superficie de 352.35 m2. lindando por su frente al Sud con la calle Florencio Varela , al Este con_el lote 30, al Oeste con el lote 32 y al Norte con fondos del lote 4." Inscripto el dominio al Tomo 459  folio 498 nº 109353, Depto. Rosario, a nombre de la demandada sobre parte' indivisa".Partida impuesto inmobiliario nº 16-04-00 336626/0224-1, nº 16-04-00 336626/0223-2, nº 16-04-00 336626/0222-3., Embargos: 1) Embargo trabado en autos. “………………….c/……………. y otra s/ Juicio Ejecutivo Juzga Nº……….de Rosario. Sec. Dra. Susana of. Nº 386 (14/03/2019) Ent. Nº 352 (14/06/18) Monto U$S 345.500,00..- 2) Hipotecas: No Posee Inhibiciones: No posee. Condiciones de la licitación, a saber: 1. La audiencia de apertura de ofertas se realizará el día …….. de Enero de 2032 a las 10:00 horas, en la sede de este Juzgado, con intervención del Martillero y los oferentes cuyas ofertas superen la base propuesta. Participarán del acto vía plataforma digital ZOOM. 2. El inmueble saldrá a la venta en el estado en que se encuentra, siendo este DESOCUPADO, conforme acta de constatación que se encuentra agregada en autos mediante cargo Nº 678/2031, no admitiéndose reclamos posteriores al acto, y con una base única de $ 120.000.000.3. Los interesados en la adquisición del bien licitado deberán presentar sus ofertas por escrito firmado y escaneado que deberán enviar al correo electrónico del Juzgado: ………………………….con datos que se describe a continuación: Tratándose de personas físicas: apellido, nombre, número y fotocopia del documento, domicilio real y uno especial dentro de la ciudad, celular de contacto, dirección de correo electrónico, constancia de CUIT, situación ante AFIP, datos de CBU y de cuenta corriente abierta a su nombre. Tratándose de personas jurídicas: copia certificada del contrato social, poder para comprar en licitación y/o subasta, así como decisión societaria para la realización de oferta, Nº de CUIT, situación ante AFIP, datos de CBU y cuenta corriente abierta a su nombre. Ello, desde que quede firme el edicto hasta el día …/01 de 2032 a las 12:45 horas. Todas aquellas ofertas, que ingresen con posterioridad a la hora indicada no serán consideradas. El oferente deberá depositar como garantía de oferta, independientemente de cual sea el monto ofertado, en sobre cerrado, la suma de $3.000.000. El depósito deberá ser realizado en la cuenta judicial abierta en el Banco Municipal, sucursal del Colegio de Abogados, a la orden de este Juzgado y para estos autos, debiendo acompañarse con la oferta constancia del comprobante del mismo. Toda oferta que no esté acompañado del comprobante del depósito de la mencionada suma de $ 3.000.000, será automáticamente descartada.4. En el caso de no recibirse ofertas en las condiciones señaladas anteriormente, el bien objeto de licitación se retirará de la venta.5. El día y hora de audiencia de apertura de ofertas se procederá a dar comienzo al acto con presencia física del Actuario y el martillero, mientras que los oferentes deberán conectarse a la misma por la plataforma ZOOM con DNI en mano para ser exhibido ante el Actuario y con su nombre correctamente configurado y consignado de manera que resulte visible para todos los participantes conectados. El enlace de conexión se informará a los interesados luego de la presentación de la oferta. Una vez comenzado el acto se cotejarán las ofertas presentadas separando, en primer lugar, las ofertas que no llegan a superar el monto mínimo las cuales quedarán descartadas automáticamente.6. Se encuentra prevista la mejora de ofertas únicamente entre las tres (3) mayores ofertas, en cuyo caso el martillero actuante procederá a tomar el mejoramiento, solo entre dichos oferentes, adjudicándosele al último y mejor postor. El bien será adjudicado a quien realice la mejor oferta y, una vez que no haya más interesados en mejorar la más alta obtenida. Asimismo, se labrará acta de todo lo actuado y se incorporará al expediente. Se fija que la postura mínima de superación de ofertas no podrá ser inferior a $ 1.000.000. 7. Asimismo se fija como condición que en caso de comprarse el inmueble en comisión, deberá declararse tal situación en el acto de subasta y los demás datos del comitente deberán denunciarse en el término de tres días, dentro del expediente, bajo apercibimientos de tenerse a la denuncia posterior como una cesión de derechos y acciones, por la que deberá oblarse el impuesto de sellos establecido por el art. 187 del Código Fiscal, al que también estará sujeta toda otra cesión de derechos y acciones que se produzca con motivo del presente remate.8. Se hace saber que la descripción y la situación jurídica del inmueble surgen de las constancias del expediente y se pueden observar a través de la web en la página del Poder Judicial de Santa Fe con la presente carátula y clave del expediente Nº ………. De este modo, no se aceptarán reclamos algunos cuyo fundamento sea no haber tenido acceso al expediente. La presentación de ofertas implica la conformidad con las presentes condiciones de venta.9. Quien resulte el mejor y último postor, deberá abonar en el acto de subasta el 10% del precio de compra con más de un 3% de comisión de ley, debiendo cumplimentarse con lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 y “A” 5212 del Banco Central de la República Argentina. Por tanto, deberá efectuarse por transferencia interbancaria dentro de las 48 horas de realizada la subasta en el Banco Municipal de Rosario, Sucursal Caja de Martilleros en la cuenta judicial n° ……………………., CBU ………………………….para estos autos y a la orden de este Tribunal.

10 El saldo de precio deberá ser pagado íntegramente dentro del plazo de diez días hábiles judiciales posteriores a la adjudicación, acompañando por correo electrónico boleta de depósito efectuada en la cuenta judicial correspondiente a estos autos. A partir de dicho momento el adjudicatario podrá solicitar la posesión del inmueble.11. Si el adjudicatario no efectuare el pago del saldo de precio será tenido automáticamente por desistido de la operación y perderá los importes abonados, no teniendo derecho a ejercer reclamo por ningún concepto, ni tampoco restitución de la comisión abonada al Martillero.12. Para el caso de quedar sin efecto la adjudicación por falta de pago del saldo de precio en un todo de acuerdo a lo dispuesto por el punto anterior y luego que judicialmente así se determine, se adjudicará el inmueble al postor de la penúltima mejor oferta, con todas las obligaciones y derechos de adjudicatario.13. Dentro de las 72 horas siguientes a la audiencia de apertura de ofertas, se restituirá a los interesados que no resultaren adjudicatarios, el importe depositado como garantía de oferta en el Banco Municipal de Rosario, sucursal Caja de Abogados mediante transferencia a la cuenta bancaria denunciada al momento de la presentación de la oferta. 14. Déjese constancia que los impuestos, tasas, contribuciones, IVA si correspondiere que adeudare el inmueble a subastar son a cargo del adquirente a partir de la adjudicación del bien, como así también la regularización y/o confección de planos de mensura y/o construcción de ser necesarios. Previo a la transferencia deberán estar satisfechos todos los impuestos, tasas y contribuciones que graven el acta de adjudicación de esta venta a cuyos efectos se oficiará al API y al AFIP. El comprador deberá recurrir a Escribano Público a los fines de la confección de la escritura que resulte pertinente. Todo conforme a la disposición del BCRA Comunicación “A” 5147 de fecha 23/11/2010. Asimismo, el comprador podrá requerir la posesión del inmueble una vez aprobada la venta por licitación.15. Hágase saber que los impuestos y tasas que se adeudaren por la adquisición del inmueble por licitación, conforme las condiciones enumeradas en el edicto, así como los gastos e impuestos por transferencia, nacionales (ITI) y provinciales -particularmente, impuesto de sellos (art. 19 inc 11 LIA)- quedarán a cargo exclusivo de quien resultare adquirente. Recaerá en el escribano público la obligación de actuar como agente de retención de los impuestos que graven la transferencia, asumiéndolo expresamente al momento de aceptación del cargo. Deberá corroborar que se cumpla con la debida reposición impositiva, previo a la respectiva escrituración.16. Se dejara establecido conforme lo normado en el art. 500 CPCC que el acreedor hipotecario o el ejecutante que adquiera la cosa ejecutada sólo estarán obligados a consignar el excedente del precio de compra sobre sus respectivos créditos o la suma, prudencialmente estimada por el juez, que faltare para cubrir los impuestos y gastos causídicos cuando éstos no pudieren ser satisfechos con aquél excedente debiendo manifestarlo en autos 48 horas hábiles anteriores de la apertura del sobre de la licitación. Notifíquese si correspondiese con la debida antelación conforme establece el art. 488 CPCC.17. Las constancias obrantes en autos servirán de suficiente título para esta venta, no admitiéndose reclamos posteriores.18. Queda en cabeza de cada ofertante controlar tanto la recepción cargo y escaneo del escrito presentado como en el día de la audiencia tener acceso a la plataforma ZOOM gratuita, contar con WIFI o red que permita el ingreso a la audiencia y entrar en el día y horario fijados. ES IMPORTANTE REMARCAR QUE DEBE INGRESARSE A ZOOM CON PUNTUALIDAD Y CON EL NOMBRE QUE FIGURA EN EL DNI.19. De ser necesaria alguna información estrictamente procedimental que no pueda evacuarse por sistema, se informa como datos de contacto: ………………………………o 4……………. internos …………… y …………………... En tanto, para consultas relativas al remate en sí y al inmueble se hace saber que el martillero actuante es ……………………..contacto: +54 …………………….email: ………………………………….20. Se deberá publicar edictos con el contenido del presente pliego por tres días en el Boletin Oficial, como así también propaganda correspondiente en el diario La Capital de Rosario, volantes, cartel y demás que se crea conveniente. Secretaria, Rosario ….. de septiembre 2032. Dra……………………………

 

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Historia de Martillero en la Web

A comienzos del año 2000 creamos Martilleros en la Red. Tres colegas de Rosario, fuimos sus mentores. Queríamos que la web fuese una herramienta de divulgación y comunicación entre profesionales, como de particulares. Funcionó por varios años, con poco éxito. Nuevamente a partir del año 2010 retome la idea inicial y actualmente MARTILLERO EN LA WEB sigue funcionado con esos objetivos. Martillero Sergio Pérez

Tipos de subastas y remates

Existen diferentes modalidades: • Hoy en día son muy comunes las subastas online (o electrónicas) que permiten a cualquier persona participar desde su casa, ampliando enormemente el alcance y la variedad de bienes disponibles. • Subasta a la inglesa: Es la más conocida. El precio sube a medida que los postores (participantes) hacen ofertas crecientes. El bien se lo lleva quien ofrezca la cifra más alta. Se usa comúnmente para arte, antigüedades o bienes raíces. • Subasta a la holandesa: Funciona al revés. Se empieza con un precio alto y este va bajando hasta que alguien acepta la oferta. Es muy común en la venta de flores y productos perecederos, donde la rapidez es clave. • Subasta en sobre cerrado: Los postores presentan su oferta de forma confidencial. El bien se adjudica a la mejor oferta sin que los otros participantes sepan qué valor se ofreció.

" SOLO LOS MARTILLEROS PUEDEN SUBASTAR"

Rosario. Solo los martilleros pueden subastar en forma presencial, zoom, on line. Ley Nacional 20266 art. 23. Ley Sta.Fe 7547 art. 60.

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"Conforme el Artículo 43 de la Constitución Nacional, las personas tienen derecho a tomar conocimiento de sus datos y a solicitar, en caso que proceda, la rectificación y / o actualización de los mismos".

Del autor

Este blog difunde subastas de Rosario y la prov. de Santa Fe, leyes provinciales de Martilleros como nacionales, jurisprudencia, escritos orientativos y noticias relacionadas a la profesión del Martillero. Martillero Sergio Pérez